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viernes, 23 de octubre de 2020

"Línea Aérea de Alta Tensión 220 KV SET Pedregales - SET Cañaseca"

 Hoy en el Heraldo salía un anuncio sobre asuntos relacionados con "Línea Aérea de Alta Tensión 220 KV SET Pedregales - SET Cañaseca"

SECCIÓN III. Otras Disposiciones y Acuerdos.

Rango: ORDEN

Fecha de disposición: 3/09/20

Fecha de Publicación: 21/09/20

Número de boletín: 188

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Título: ORDEN ICD/886/2020, de 3 de septiembre, por la que se declara, en concreto, la utilidad pública de la instalación de "Línea Aérea de Alta Tensión 220 KV SET Pedregales - SET Cañaseca" en los términos municipales de Blesa y Loscos (Teruel) y Plenas (Zaragoza), promovido por la mercantil "Desarrollos Eólicos de Teruel, S.L.". (Expediente número: TE-AT0084/19 e IEA6035/2019 y AT2020/007).

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Texto:

Examinado el expediente relativo a la solicitud de la declaración de utilidad pública de la instalación de "Línea Aérea de Alta Tensión 220 KV SET Pedregales - SET Cañaseca", ubicada en los términos municipales de Blesa y Loscos (Teruel) y Plenas (Zaragoza), promovido por la mercantil "Desarrollos Eólicos de Teruel, S.L.", constan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de 4 de febrero de 2020, del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel ("Boletín Oficial de Aragón", número 37, de 24 de febrero de 2020) se otorga Autorización Administrativa Previa y de Construcción de la instalación.

Segundo.- En fecha 18 de febrero de 2020, se solicitó por la mercantil "Desarrollos Eólicos de Teruel, S.L." la declaración de utilidad pública de la instalación de "Línea Aérea de Alta Tensión 220 KV SET Pedregales - SET Cañaseca", ubicada en los términos municipales de Blesa y Loscos (Teruel) y Plenas (Zaragoza). Con fecha 24 de febrero de 2020, el titular aportó la relación de bienes y derechos afectados, así como la documentación complementaria.

Tercero.- La solicitud de declaración de utilidad pública se sometió a información pública, insertándose anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", número 50, de 12 de marzo de 2020, en el "Heraldo de Aragón" de la misma fecha y en el Tablón de anuncios de los Ayuntamientos afectados. Asimismo, se notificó a la mercantil "Desarrollos Eólicos de Teruel, S.L.", se dio traslado a las diferentes Administraciones Públicas para que emitieran los informes pertinentes y se remitió notificación individual a los afectados según los datos constatados en la Relación de Bienes y Derechos Afectados (RBDA).

Han emitido informe favorable a la solicitud de declaración de utilidad pública el Ayuntamiento de Blesa, la Subdirección Provincial de Carreteras de Teruel del Servicio Provincial de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón y el Departamento de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Zaragoza. Los Ayuntamientos de Loscos y Plenas, el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medioambiente y la Confederación Hidrográfica del Ebro, no han emitido informe, se considera que no existe objeción conforme el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Cuarto.- Durante el trámite de información pública no se recibieron alegaciones.

Quinto.- El Servicio Provincial de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial de la provincia de Teruel ha emitido informe, el 30 de julio de 2020, sobre la tramitación del procedimiento recogiendo los trámites establecidos en la legislación de aplicación e informando favorablemente el reconocimiento en concreto de la declaración de utilidad pública de la instalación y relación de bienes y derechos que se considera de necesaria expropiación.

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, de medidas urgentes para la ejecución de las sentencias dictadas en relación con los concursos convocados en el marco del Decreto 124/2010, de 22 de junio, y el impulso de la producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica en Aragón, corresponde al Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, previa tramitación del expediente por el Servicio Provincial de la provincia en la que se ubique la instalación, acordar la declaración de utilidad pública de la misma. Esta competencia corresponderá al Gobierno de Aragón "en caso de oposición de organismos u otras entidades de derecho público".

Según el apartado primero del citado precepto, "La expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica y el establecimiento e imposición y ejercicio de la servidumbre de paso se regirán por lo establecido en la legislación estatal".

Segundo.- El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (en adelante, LSE) declara "de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso", exigiendo para su reconocimiento que "la empresa interesada lo solicite, incluyendo el proyecto de ejecución de la instalación y una relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que el solicitante considere de necesaria expropiación" (artículo 55 LSE).

En cuanto a sus efectos, el artículo 56 LSE dispone que la declaración de utilidad pública "llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa" y "supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública".

La regulación de la servidumbre de paso y las limitaciones a su constitución se contiene en los artículos 56 y 57 de la LSE, preceptos, que al igual que los anteriormente mencionados, son desarrollados por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Tercero.- En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites de procedimiento establecidos en el Decreto-Ley 2/2016, de 30 de agosto, en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normas vigentes de aplicación.

Cuarto.- La Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ("Boletín Oficial del Estado", número 67, de 14 de marzo de 2020), establece "1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo".

Por Resolución de 20 de mayo de 2020, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de autorización de la prórroga del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en su apartado décimo, establece que, con efectos desde el 1 de junio de 2020, se derogará la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, relativa a la suspensión de plazos administrativos.

Quinto.- Durante el trámite de información pública no se presentó ninguna alegación.

Sexto.- Los bienes y derechos que son considerados de necesaria expropiación, ya sea por no haberse formulado alegaciones sobre los mismos, por no haber sido estimadas las alegaciones presentadas o por la inexistencia de acuerdos con sus titulares, se relacionan en el anexo I de esta Orden.

Por cuanto antecede, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, resuelvo:

Primero.- Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación denominada "Línea Aérea de Alta Tensión 220 KV SET Pedregales - SET Cañaseca", en los términos municipales de Blesa y Loscos, en la provincia de Teruel y Plenas en la provincia de Zaragoza, promovido por la mercantil "Desarrollos Eólicos de Teruel, S.L.", de acuerdo con lo previsto en los artículos 54 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (Expediente número: TE-AT0084/19 e IEA6035/2019 y AT2020/007).

Segundo.- Dicha declaración de utilidad pública se extiende a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso relacionados en el anexo I de esta Orden, así como el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Tercero.- Notificar a todos los interesados la presente Orden y proceder a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa según lo previsto en el artículo 54 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 58 de la citada Ley aragonesa, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que ambos puedan simultanearse.

Zaragoza, 3 de septiembre de 2020.

El Vicepresidente y Consejero de Industria,

Competitividad y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ

 

 


 

 

martes, 7 de junio de 2016

Parque eólico en Pedregales (Loscos)


En el periódico EL ECONOMISTA sale esta noticia sobre un parque eólico que van a situar en la partida de Pedregales, en término de Loscos, que está fronteriza con el término de Plenas


Energías Alternativas de Teruel invertirá 14 millones en un parque eólico en Loscos


7/06/2016 - 18:42



La empresa proyecta el parque eólico Pedregales, en la localidad turolense de Loscos, que tendrá una producción neta estimada de 67,03 GWh/año.

Este parque eólico supondrá una inversión de más de 14 millones de euros y tendrá una producción bruta estimada de unos 74,13 GWh/año y 3.724 horas netas de funcionamiento. La potencia será de 18 MW.

El parque promovido por Energías Alternativas de Teruel contará con seis aerogeneradores con seis máquinas de 3000 KW de la marca Acciona Windpower y El tipo de generador será asíncrono de 50 Hz y 12.000 V.

Además, también se dispondrán seis transformadores encapsulados secos de 630 kVA y una red subterránea de media tensión interconexión de aerogeneradores hasta SET Pedregales.

lunes, 13 de abril de 2015

Sobre la humilde garnacha y vinos



Plenas históricamente ha sido tierra de vinos y se producían caldos en los que era mayoritaria uvas de la variedad garnacha. Aún recuerdo con gran placer las grandes rebanadas de pan con recio vino tinto y azucar que mi abuela me preparaba para merendar en las calurosas tardes del verano. Sentado en una pequeña silla, mirando al Plano, me tomaba tranquilamente esas deliciosas sopetas. ¡ Que gratos recuerdos! El sabor de ese vino joven se me ha quedado grabado para siempre en la memoria...
Con el paso de los años, la cultura y los gustos sobre el vino han cambiado mucho en Plenas, Aragón y el mundo. No hace muchos años la garnacha era tratada despectivamente, se apreciaban vinos producidos por otras variedades de uvas, algunas bastante exóticas. A mí siempre me han gustado los vinos hechos con garnacha y me alegra constatar que la uva más común de nuestro pueblo y de otras muchas zonas,  está siendo valorada muy bien actualmente . Aquí cuelgo un artículo que apareció el sábado en el diario de EL PAIS en el que habla del boom que afecta a los vinos elaborados a partir de la humilde garnacha.
 ¡Viva el vino de garnacha!

La garnacha: de Aragón al mundo
Esta variedad mayoritaria del arco Mediterráneo es la uva de moda. Maltratada hace años, ahora está cotizada en el mundo

Llega la hora de la garnacha, una uva que ha sobrevivido durante siglos y que ahora abre sus puertas al mercado global del vino. Un concurso internacional dedicado a ella se celebra desde hace tres años en Perpiñán. Grenaches du Monde nació para comunicar al mundo que el origen de esta uva está en el Mediterráneo y debatir su presente y futuro. “Queremos tener una comunidad para conocer mejor las regiones de producción de garnacha y ligarlo a un concepto de enoturismo amplio”, comenta Fabrice Rieu, presidente del Consejo Interprofesional de Vinos del Rosellón, organismo impulsor del encuentro. A partir de 2016 se hará itinerante y Campo de Borja (Zaragoza) será su sede, a la que seguirá Cerdeña (Italia) y Terra Alta (Tarragona).
La garnacha sorprende por su versatilidad, juega al despiste con el catador hasta que su personalidad se apodera de los sentidos. Es una uva que pone en evidencia las particularidades de la tierra, la vinificación y tipos de vinos. “Es una paradoja”, dice Rieu, “su diversidad puede ser una debilidad, pero a la vez es su fortaleza porque la hace universal”.
El clima seco y cálido del Mediterráneo es el ambiente propicio para la garnacha. Originaria del este de España, la Corona de Aragón la expandió desde el siglo XII al XVII por Francia, Córcega, Cerdeña, sur de Italia, Sicilia, Grecia... Más tarde llegaría a Australia, África, California, Chile, Canadá y México. Hasta en Reino Unido hay plantaciones que ha permitido el cambio climático.
Se adapta muy bien a suelos pobres, aguanta el calor, aporta un buen grado alcohólico y color, es muy productiva e incluso puede plantarse hasta los 2.000 metros de altitud. Hace años tenía fama de producir vinos bastos, que no aguantaban en botella, con tendencia a la oxidación y que solo valían para mezclar con otras uvas. Eran tiempos donde las buenas condiciones de vinificación y el cuidado de la calidad brillaban por su ausencia.
“Era una variedad que nadie quería elaborar, ahora el 80% de las nuevas plantaciones son de garnacha tinta autóctona. Llevamos más de 25 años sacando la garnacha al mundo, exportamos el 70% de la producción. Hemos mejorado los vinos con el esfuerzo de los viticultores y de Aragón”, asegura Eduardo Ibáñez, presidente de la denominación de origen Campo de Borja. Hace cuatro años pusieron en marcha la Ruta de la Garnacha y trabajan en un proyecto de enoturismo global.
 “Si es buena, es adictiva”, subraya Juan Cacho, catedrático emérito de Química Analítica de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Zaragoza, fundador del Laboratorio de Análisis del Aroma y Enología (LAAE), que lleva más de 20 años investigando la variedad. “Hay algunas diferencias entre los tipos de garnacha, pero es como una familia, todos tienen un gesto en común, porque son de la misma rama genética”, explica. Reconoce que desde hace unos años está de moda, aunque “no hay tanto volumen de producción para todo lo que se asegura que es 100% garnacha”. La mezcla con otros vinos cambia mucho su personalidad original: aromas de grosella, fresa, mora, flores, hierbas aromáticas, frutos secos...
“Se pueden elaborar desde vinos jóvenes hasta vinos de guarda”, dicen sobre la versatilidad de esta uva los enólogos aragoneses Jesús y Jorge Navascués. “El vino está sujeto a modas y ahora le toca a la garnacha, pero más allá de eso es una uva que se adapta muy bien a lo que ahora demanda el consumidor: vinos elegantes, con fruta, fáciles de beber y sin exceso de concentración”.
Para que esa moda no sea efímera, se ha lanzado una campaña de promoción de tres años en Estados Unidos y Canadá. Está financiada por la Unión Europea, gestionada por Arex (Aragón Exterior) e impulsada por cuatro denominaciones de origen.
En otra escala, en 2012 se constituyó Terras de Garnatxes, asociación impulsada por el bodeguero Joan Ignasi Domènech (Vinyes Domènech, DO Montsant), como foro de debate e investigación para impulsar los vinos de calidad con esta uva.
La uva, en datos
  • Con la uva garnacha se elaboran vinos blancos, rosados, tintos, espumosos y muchos estilos de dulces.
  • Variedades: garnacha tinta, blanca, roja, gris, tintorera y peluda.
  • España es el país con más hectáreas de Garnacha, seguida de Francia e Italia.
  • Aragón, Cataluña, Navarra, Rioja y Sierra de Gredos son las zonas con más concentración de esta variedad de uva.
  • En DO Terra Alta el 85% de las plantaciones es garnacha blanca.
  • Canadá y Estados Unidos son los principales mercados compradores.
  • El concurso Garnachas del Mundo 2015 reunió en Perpiñán 485 vinos de 221 productores. Los vinos españoles recibieron 70 medallas, 64 los vinos franceses y 14 los italianos.
Angel Tomás

martes, 31 de marzo de 2015

Sobre el azafran



En el diario ABC  de hoy 31 de marzo de 2015, viene un artículo sobre el azafrán. Mientras lo leía pensaba en que hubo unos siglos que el azafrán se cultivaba en Plenas y pueblos de alrededor, y que dio mucha riqueza a la localidad. Viendo ahora que nadie lo cultiva (que sepa yo) me entristece. Cuando era niño muchas veces fui, casi al amanecer, a coger la flor del azafrán. Cuelgo aquí el artículo que me ha hecho recordar esos tiempos. De todas formas pienso que ¿ por qué no podría cultivarse de nuevo el azafrán en nuestras hermosas tierras de Plenas?

 

Azafrán: la especia preferida por faraones y reyes que fortalece el corazón

RUTH PILAR ESPINOSA
Día 31/03/2015 - 10.54h

Castilla-La Mancha es la región que más hectáreas cultiva. España es el segundo país productor y el primer exportador a nivel mundial

AZAFRANES JILOCA
El azafrán es una de las especias más valoradas, sobre todo en la cocina. La paella o la fabada lo incluyen en su receta. Pero el azafrán ha proporcionado múltiples servicios a lo largo de la historia. Los hunos, por ejemplo, empleaban la especia para calmar los dolores de estómago, de encías o menstruales. Los faraones egipcios se hacían embalsamar con ella. Y Cleopatra, en vida, se bañaba en flores de azafrán para cuidar su cutis. Los griegos perfumban sus salones con él. Mientras que los romanos, cuando celebraban sus bacanales, gustaban de recostarse sobre cojines rellenos de azafrán convencidos de su poder afrodisíaco. En España, lo introdujeron los árabes durante el Califato Córdoba. Pedro Muñoz, Campo de Criptana, Manzanares, Lillo, Madridejos, Villacañas, Villanueva de Alcardete, Cabezamesada y Motilla del Palancar constituyen algunos de los municipios manchegos donde hay documentada una tradición centenaria en la producción de azafrán.
También en la Comarca del Jiloca (Teruel) se ha cultivado el azafrán desde épocas ancestrales. Recientemente, «debido a las circunstancias económicas», otras zonas como Navarra, Lérida, Valladolid o Mallorca se están incorporando al cultivo de la especia, explica José Ramón Plumed, secretario de Azaji (Asociación de Productores de Azafrán del Jiloca) y gerente de la empresa Azafranes Jiloca.

Un kilo de azafrán español se cotiza en el campo sobre 3.000 euros

Se necesitan 85.000 flores para obtener un kilo de azafrán en condiciones óptimas para su consumo. No obstante, solo se consiguen 250 gramos de azafrán por cada kilo de estigmas crudos. El azafrán siempre ha sido la especia más costosa del mercado. Antaño, se podía comprar un caballo con medio kilo de azafrán. En la actualidad, un kilo de azafrán español se cotiza en el campo sobre los 3.000 euros. Tras los procesos de limpieza y envasado, la especia se puede adquirir en los supermercados a un precio de 8 euros/gramo.

Reconocida calidad a nivel internacional

La superficie de cultivo de azafrán en España es de 150 hectáreas (ha), según los últimos datos publicados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en 2013 y referentes al año 2011. Muy lejos de las 4.000 ha que se contabilizaban en los años 70 y 80. De hecho, a partir de los años 90 el descenso del cultivo de azafrán resulta evidente, llegando a alcanzar el mínimo de 83 ha en 2005. Sin embargo, la producción ha ido en ligero aumento desde entonces.
«España, hasta los años 70, era el principal productor de azafrán a nivel mundial. Hoy, somos los segundos tras Irán, que copa el mercado con el 90% del total», continúa Plumed.

España produce 1.500 kilos anuales de azafrán y exporta en torno a 10.000

En cuanto a la exportación España sí es la primera potencia. «Producimos el mejor azafrán, muy reconocido en el resto de países. Circunstancia que aprovechan diversas empresas para tener sede en España, importar azafrán barato y venderlo como si fuera español», advierte Plumed. «La consecuencia es que en España se producen en torno a los 1.500 kilos (kg) anuales y se exportan en torno a 10.000 kg fuera de nuestras fronteras».
El azafrán español de mayor calidad suele viajar hasta Suiza, Finlandia, Alemania, Francia, EE.UU. o Canadá. La especia que se consume principalmente en España, sin embargo, es el importado: al ser más barato cuenta con más presencia en los lineales de las grandes superficies. Y termina formando parte de los reconfortantes cocidos y potes gallegos, por ejemplo.
«La lucha de los productores hace mucho tiempo que se basa en exigir una legislación más adecuada para obligar a distinguir el origen de la materia prima en el etiquetado. Sin embargo, las peticiones hasta el momento han caído en saco roto», se queja el secretario de Azaji.

Campos de reproducción de bulbo

La falta de bulbos constituye uno de los principales problemas que encuentra el cultivo de azafrán español para poder crecer en número de hectáreas. Hace unos años el bulbo sobraba y se usaba para el trueque de estiércol o animales. Hoy, sin embargo, son muy escasos y están muy valorados. En pocos años su precio ha pasado de 3,50 euros/kg a 9 euros/kg. Para cultivar una hectárea hacen falta unos 300.000 bulbos (unos 5.000 kg). «La inversión es muy grande», apunta Plumed, aunque «un pequeño productor podría obtener una buena rentabilidad con 2.000 metros cuadrados», asegura.
«Si hubiese un poco más de conciencia y se pusiese interés en salvar realmente el cultivo por parte de las instituciones se podrían hacer campos de reproducción de bulbo, para que los productores tuviesen un acceso más viable», sugiere Plumed.

El cultivo de azafrán requiere una inversión inicial elevada, pero se amortiza en dos años

España cuenta con unos 500 productores de azafrán que generan en torno a los 4 millones de euros. «Parece mucho dinero dicho así, pero la verdad es que es un dinero que puede ayudar como complemento a otras rentas que tenga la familia», puntualiza Plumed. El volumen de negocio que alcanza la venta que realizan las comercializadoras es mucho mayor: unos 15 millones de euros anuales.

Adulteraciones

El azafrán español en buenas condiciones presenta un color rojo muy vivo, brillante a la luz del día. Tiene un brin grueso y una campana bastante grande: los tres brines que componen la hebra se unen por medio de un “rabito” blanco. Su aroma no es demasiado intenso, sino suave, como el de un buen perfume. En cuanto a las características organolépticas, el azafrán español posee un poder aromático y colorante muy superior, fruto del proceso tradicional de monda y de tueste natural: el estigma del azafrán no se mezcle con otras partes de la flor, como ocurre con los azafranes foráneos.

Es frecuente aumentar el peso del azafrán añadiendo yeso o arena roja tamizada

Pese a que, como enunciábamos antes, la superficie de producción de azafrán en España ha ido descendiendo (aunque parece ir repuntando desde 2005), el precio de los estigmas ha incrementado su precio desde 2007. Mejorar los beneficios obtenidos por su comercialización también ha azuzado desde tiempos inmemoriales el ingenio de desaprensivos tratantes. Es frecuente, por ejemplo, aumentar el peso del azafrán añadiendo carbonato de plomo, yeso o arena roja tamizada, así como aceite, miel, jarabe o cola para lograr su adherencia y mayor brillantez. Si sospechas, coloca el azafrán en polvo adquirido en un bol con agua caliente y alcohol. Si el medio acuoso se tiñe de rojo y al fondo del plato van a parar las sustancias insolubles estás ante un producto adulterado.
En diciembre de 2014, sin ir más lejos, la Policía Nacional detuvo por delitos de estafa y falsificación y contra la propiedad industrial a cinco personas que formaban parte de una empresa establecida en Alicante que comercializaba azafrán importado bajo la apariencia de español; en concreto, como si fuera un bien con el sello de garantía de calidad de la Denominación de Origen Protegida Azafrán de la Mancha.
El celebérrimo rey de Inglaterra Enrique VIII, devoto del aroma del azafrán, como Cleopatra, llegó a castigar con la muerte a quienes adulteraban el azafrán con trozos de piel de cebolla, tiza coloreada o fibra de carne de caballo (ese animal que se podía comprar, recordemos, con medio kilo de esta especia).

Curiosidades

El cultivo del azafrán no es exigente en cuanto a clima y suelo (de consistencia media, algo suelto y calizo). Su inactividad vegetativa durante el verano le permite resistir los calores excesivos. Y le bastan dos precipitaciones anuales abundantes: durante el mes de marzo (para la formación de nuevas cebollas) y en septiembre o primeros de octubre (para que brote la flor).
Los roedores inflingen los mayores daños a los cultivos de azafrán (más incluso que las enfermedades propias de esta planta: la gangrena seca o el mal vinoso, producidas por hongos).
Cada persona implicada en la recolección de la flor de azafrán puede recoger entre 12-14 kg por jornada (5-6 horas). El corte de la flor se debe realizar mediante un enérgico y preciso pellizco, realizado en la zona de unión entre el tallo y el cáliz, que impida que se desprendan los estigmas. Las flores se seleccionan por la noche y se deben someter al proceso de desbriznado 12 horas después como muy tarde.
Hay museos etnográficos dedicados al azafrán tanto en Castilla-La Mancha (Madridejos) como en Aragón (Monreal del Campo). Y el Centro de Investigación Agraria de Albaladejito (Cuenca) es la sede del Banco Mundial de Recursos Genéticos de Azfrán y Especias Afines, un proyecto de la Comisión Europea en el que participan empresas y universidades de España, Italia, Grecia, Francia, Reino Unido, Turquía, Egipto y Azerbayán.
El azafrán, entre otras cosas, combate los trastornos nerviosos y el asma. Fortalece el corazón. Elimina las obstrucciones del hígado. Constituye una fuente potencial de agentes anticancerígenos. Calma la tos y la bronquitis. Y es una alternativa a la sal, proporcionando un confundible sabor (dulce-amargo).